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Cómo es la propuesta de la Comisión de Especialidades y qué supone

dentista y paciente
La Comisión de Especialidades del Consejo General de Dentistas aclara que se aboga por seguir el modelo formativo europeo. No habrá reserva de actividad ni se homologarán directamente los títulos de máster para obtener la especialidad y los odontólogos generalistas tendrán las mismas competencias que en la actualidad

La Comisión de Especialidades del Consejo General de Dentistas, integrada por expertos delegados del propio Consejo General, la Conferencia de Decanos de Odontología y las sociedades científicas, ha emitido un comunicado para trasladar a la colegiación y a la opinión pública información relativa a la propuesta de creación de las especialidades odontológicas en el marco del Real Decreto 589/2022, que está actualmente a la espera de la tramitación y decisión final del Ministerio de Sanidad.

Las sociedades científicas proponentes (AEDE, SEDO, SECIB, SEPA, SEPES y SEOP) han presentado ante el Ministerio de Sanidad las memorias justificativas para la creación de seis especialidades: periodoncia, cirugía bucal, odontopediatría, ortodoncia y ortopedia dentofacial, prótesis estomatológica y endodoncia. Este avance se enmarca en el Real Decreto 589/2022, que establece el procedimiento para la creación de nuevos títulos de especialista en Ciencias de la Salud.

Una vez registrada la solicitud, se recabarán informes preceptivos de los órganos correspondientes (entre otros, administraciones sanitarias, ámbito universitario y Consejo General). El RD fija un plazo máximo de seis meses para resolver el procedimiento desde la presentación completa.

 

Qué se defiende 

Desde la Comisión de Especialidades se recuerda qe España es el único país de la Unión Europea que no dispone de especialidades odontológicas oficialmente reconocidas. La propuesta persigue alinear la Odontología española con el marco europeo, reforzando:

  • La calidad asistencial y la seguridad del paciente, especialmente en casos complejos.
  • La estandarización formativa y la evaluación por competencias.
  • La homologación y el reconocimiento profesional en términos comparables a los de la Unión Europea.

Atendiendo a la realidad asistencial actual en España —donde la atención odontológica pública tiene una cobertura limitada—, se propone un modelo formativo en formato escuela, como ocurre en otros países europeos con coberturas públicas semejantes:

  • Formación de 3 años con dedicación equivalente a 180 créditos ECTS.
  • Impartida en centros académicos debidamente acreditados bajo supervisión del Ministerio.
  • Acceso mediante un examen nacional que ordene por mérito y capacidad a los aspirantes para elegir especialidad y centro, abogando por que el diseño incorpore mecanismos para evitar que el factor económico sea una barrera, mediante instrumentos de equidad (becas, ayudas u otras medidas que determine la Administración).

 

Aspectos clave para el ejercicio profesional

Hay cuatro puntos esenciales:

  • Modelo europeo: la propuesta se orienta a estándares comparables a los europeos (duración, exigencia, volumen clínico y control de calidad), adaptados al ecosistema español.
  • No habrá reserva de actividad: la creación de especialidades no pretende restringir actos clínicos ni establecer exclusiones. Se concibe como un instrumento de garantía formativa y de ordenación de la alta complejidad, no como una limitación del ejercicio.
  • El odontólogo generalista podrá seguir tratando las patologías y realizando todos los tratamientos, aunque en ningún caso podrá presentarse o anunciarse como especialista: el título de especialista ofrecerá un marco reglado y reconocible para acreditar capacitación avanzada, especialmente útil ante casos complejos, contribuyendo a reforzar la transparencia y los estándares comunes.
  • No se homologarán automáticamente los títulos de máster para obtener la especialidad: los másteres constituyen formación valiosa, pero no equivaldrán por sí mismos al título oficial de especialista. El sistema de especialidades exigirá un itinerario específico y criterios homogéneos dentro del marco regulatorio. En su caso, cualquier medida transitoria deberá basarse en criterios objetivos, públicos y garantistas, y no podrá consistir en una convalidación automática de títulos de máster.

 

Próximas etapas

La Organización Colegial en su conjunto continuará colaborando con el Ministerio de Sanidad y con el resto de los actores implicados —administraciones, universidades y sociedades científicas— para que la tramitación se desarrolle con rigurosidad, transparencia y coordinación, y para que el resultado final refuerce la protección del paciente, la calidad y la evaluación de la formación avanzada, la comparabilidad europea y la claridad regulatoria para los profesionales presentes y futuros.

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