El caso se inició tras una denuncia del Colegio Profesional de Higienistas Dentales de Galicia, que subrayó la importancia de la homologación como garantía de seguridad para los pacientes y de control de la calidad asistencial. Según la entidad, la sentencia representa un precedente relevante en la lucha contra el intrusismo en el ámbito odontológico, donde la protección de los pacientes y la defensa de las competencias profesionales resultan esenciales.
Desde el punto de vista judicial, el fallo insiste en que la homologación de títulos extranjeros no es un mero trámite administrativo, sino un proceso que asegura que el profesional cuenta con la formación, los conocimientos y la capacitación técnica equivalentes a los exigidos en España. Sin esa validación, el ejercicio profesional se considera ilegal, incluso aunque la persona posea experiencia previa o un título extranjero de nivel universitario.
El Colegio de Higienistas de Galicia celebra la resolución judicial, que considera una victoria en la defensa de la profesión y en la protección del paciente. Asimismo, recuerda que los casos de ejercicio irregular deben ser denunciados para evitar que la práctica no autorizada ponga en riesgo la salud bucodental de los ciudadanos.
En los últimos días ya informamos sobre otro caso de condena por intrusismo en España en Cádiz.